viernes, 8 de marzo de 2019

LA PROSTITUCIÓN. ABORDAJE DESDE UNA PERSPECTIVA DE GÉNERO Y DERECHOS HUMANOS


Aunque España ratificó en el año 2003 el conocido como Protocolo de Palermo[1] y ratificó en el 2009 el Convenio del Consejo de Europa sobre la lucha contra la trata de seres humanos[2] que concretaba una definición de trata de manera vinculante para los Estados miembros del Consejo de Europa, no fue hasta el año 2010 cuando nuestro Código Penal tipificó de manera expresa la trata de seres humanos como un ilícito penal.

Para entonces nuestro país no era sólo uno de los principales países de tránsito de la trata y en especial de la trata con fines de explotación sexual, sino uno de los principales destinos de la misma. A ello contribuyó de manera muy importante la destipificación de la prostitución lucrativa en el CP 1995, que cambió hasta la actualidad el perfil de la prostitución. De hecho, en la actualidad España constituye el mayor mercado prostitucional de Europa, con un número de mujeres en prostitución que se estima más o menos similar al de Alemania, donde esta regularizada, si bien tenemos la mitad de la población que este estado.

Se estima que gran parte de esa prostitución de la que se nutre el mal llamado mercado del sexo proviene de la trata de mujeres, niñas y niños con fines de explotación sexual.

Al igual que la prostitución la propia trata de seres humanos así como sus causas y sus consecuencias deben interpretarse desde una perspectiva de género y derechos humanos.

La trata de seres humanos y en concreto la trata de mujeres, niñas y niños para la explotación sexual a través de la prostitución, los espectáculos eróticos, la industria pornográfica, etc…mueve cantidades ingentes de dinero y es producto de un patriarcado desgraciadamente bastante saludable.  La identificación e intervención con las supervivientes de esta forma de esclavitud es fundamental de cara a la erradicación del problema. En el abordaje de la trata de mujeres desde un ámbito estrictamente jurídico suelen confluir diversas cuestiones relativas a la desigualdad de género, el derecho penal, el derecho de extranjería, el estatuto de la víctima del delito, etc…

De todo esto y mucho más podremos debatir en nuestro encuentro coloquio.


[1] Protocolo para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas, especialmente mujeres y niños, que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la delincuencia organizada transnacional, hecho en Nueva York el 15 de noviembre de 2000.
[2] Convenio nº 197 del Consejo de Europa, hecho en Varsovia el 16 de mayo de 2005,